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Sentencia TFN INLEG-2022-88481912-APN-VOCXIX#TFN

Para la procedencia del recurso por demora excesiva en sede aduanera se requiere que exista un retraso irrazonable imputable al servicio, un perjuicio efectivo para el solicitante y la previa solicitud de pronto despacho ante la autoridad administrat

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de amparo interpuesto contra la Dirección General de Aduanas (DGA) por la demora excesiva en la tramitación y resolución de una solicitud de devolución de derechos de exportación. El procedimiento administrativo había quedado paralizado por más de siete años a pesar de las reiteradas solicitudes de pronto despacho por parte del solicitante. El Tribunal examinó si se configuraban los requisitos para considerar que existía una demora excesiva conforme al Código Aduanero y la legislación complementaria, y si dicha demora generaba un perjuicio que justificara la intervención judicial para garantizar el derecho a una resolución en plazo razonable. Se consideraron antecedentes jurisprudenciales y normativos, así como el equilibrio entre el derecho del administrado a una pronta respuesta y la necesaria actuación cuidadosa de la administración para resolver con plena competencia y conforme a derecho.

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