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XEITOSIÑO S.A. c/DGA s/recurso de apelación

La legitimación para solicitar la devolución de derechos de exportación corresponde al sujeto que actuó como exportador y pagó efectivamente esos tributos, conforme a lo establecido por el Código Aduanero.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra la resolución administrativa que denegó la devolución de derechos de exportación, pagados sobre ciertas operaciones de exportación. Se discutió la excepción de falta de legitimación activa planteada por la representación fiscal, que argumentó que la recurrente no era el verdadero sujeto afectado económicamente por el tributo debido a la inclusión de los derechos en el precio de exportación y a la supuesta traslación del tributo al importador extranjero. Por su parte, se examinaron las normas del Código Aduanero y se evaluó el criterio sobre quién es el deudor y sujeto pasivo del tributo. El Tribunal consideró además la carga de la prueba respecto de la traslación del tributo y la documentación aportada respecto del pago de los derechos por parte del exportador.

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