DISTRINANDO S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación
Para aplicar un ajuste por cánones y derechos de licencia al valor en aduana, deben concurrir simultáneamente tres requisitos: que estén relacionados con las mercancías objeto de valoración, que el pago constituya una condición de venta de esas merca
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se controvirtió el ajuste de valor en aduana aplicado por la Dirección General de Aduanas sobre mercaderías importadas por una empresa durante el período 2010/2012, en función de la inclusión de cánones por licencias de propiedad intelectual vinculadas a productos bajo licencia. El ajuste se basó en la presunción de que los pagos por regalías constituían una condición de venta y debían ser incorporados al valor FOB declarado, conforme al Acuerdo de Valoración del GATT, específicamente el artículo 8. Se evaluaron los contratos de licencia y distribución celebrados por la importadora, quien ejercía actividades de venta y fabricación de calzados. Se discutió la correcta aplicación del Acuerdo de Valoración, la fundamentación del ajuste, y la necesidad de demostrar de forma objetiva y cuantificable que los cánones y derechos de licencia estaban relacionados con las mercaderías importadas y constituían condición de venta. El Tribunal examinó la procedencia y el fundamento del ajuste, haciendo referencia a normas internacionales y doctrina relevante, y ponderó la capacidad probatoria disponible para determinar el valor en aduana de modo ajustado a derecho.
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