TRANS IGUAZU SA s/recurso de apelación
La liquidación practicada por el ente fiscal debe ajustarse a los parámetros establecidos en pronunciamientos previos del Tribunal Fiscal respecto a las devoluciones de crédito fiscal vinculadas a exportaciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discute la aprobación de una liquidación de sumas adeudadas por el Fisco Nacional derivadas de devoluciones del crédito fiscal de IVA vinculadas a operaciones de exportación efectuadas en mayo, junio y julio de 1998. Se analizan las liquidaciones emitidas, las observaciones del Fisco relativas a pagos anticipados, errores en montos reclamados y ajustes en intereses, así como la conformidad expresada por la actora respecto a la reliquidación presentada por la autoridad fiscal. El Tribunal examina la corrección de las tasas de interés aplicadas y la adecuación de la liquidación final con los parámetros definidos en decisiones previas, considerando la evolución procesal y la normativa aplicable al cálculo de intereses moratorios en materia tributaria.
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