FUSTEC S.A. c/ D.G.A. s/recurso de apelación
El artículo 959 inciso a) del Código Aduanero excluye de sanción únicamente las inexactitudes comprobables de la simple lectura de la declaración aduanera, sin incluir documentos complementarios como la factura comercial o el Certificado de Registro
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un caso en el que una empresa presentó una declaración aduanera de exportación con un valor FOB erróneo, inferior al real indicado en la factura comercial. La empresa realizó una autodenuncia y pagó la diferencia correspondiente, solicitando la aplicación del artículo 959 inciso a) del Código Aduanero para evitar sanciones, bajo el argumento de que la inexactitud era evidente de la simple lectura de la documentación presentada. La controversia giró en torno a la interpretación de dicho artículo y la configuración de la infracción prevista en el artículo 954 inciso c) del Código Aduanero, que sanciona la declaración inexacta que pueda ocasionar perjuicio fiscal.
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