ASEGURADORA DE CREDITOS Y GARANTIAS S.A. c/ DGA s/ Recurso de Apelación
La notificación fehaciente del auto de apertura de sumario administrativo es requisito indispensable para que produzca efectos jurídicos y para que surta la suspensión o interrupción del plazo de prescripción de la acción para el cobro de tributos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió un recurso de apelación interpuesto por una aseguradora contratada para garantizar el pago de tributos adeudados por una importación temporaria que no fue reexportada ni regularizada dentro del plazo legal establecida. La controversia principal giró en torno a la prescripción de la acción para el cobro de tributos, la validez y notificación del auto de apertura de sumario administrativo, la determinación del monto adeudado por la aseguradora y la aplicación de ciertos tributos como derecho adicional, IVA adicional y percepción de impuesto a las ganancias. Se examinaron aspectos probatorios relacionados con la documentación aduanera y el cumplimiento de las obligaciones tributarias del importador y el garante, así como las normativas y jurisprudencia aplicables para delimitar la responsabilidad del garante y la validez formal de los actos administrativos que interrumpen o suspenden la prescripción.
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