INSTITUTO BIOLOGICO CONTEMPORANEO S.A. s/recurso de apelación
El recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación no es procedente contra actos administrativos que liquidan anticipos o pagos a cuenta, conforme al artículo 76 de la ley 11.683, según la redacción dada por la ley 27.430.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una intimación emitida por la AFIP-DGI para el pago a cuenta extraordinario del impuesto a las ganancias correspondiente a un ejercicio fiscal reciente. El planteo central giró en torno a la procedencia de la vía recursiva elegida ante un acto administrativo que ordena un pago a cuenta, bajo el contexto normativo de la ley de procedimientos tributarios y sus reformas recientes. El Tribunal examinó la competencia jurisdiccional para entender en el recurso con base en la interpretación del artículo vigente que regula los recursos contra liquidaciones y pagos a cuenta, determinando los alcances y límites para impugnar actos administrativos en materia tributaria. Asimismo, se consideró la aplicación de reglas sobre costas y tasas de actuación vinculadas al trámite del recurso declarado improcedente.
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