CRIADEROS DEL CORRAL S.R.L. s/ recurso de apelación
El artículo 2º de la Ley 25.345 que prohíbe el cómputo de operaciones pagadas por medios distintos a los previstos en la norma es inconstitucional, por carecer de razonabilidad y vulnerar el principio de capacidad contributiva al desconocer operacion
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza en el Tribunal Fiscal de la Nación una controversia en la que se impugnan ajustes fiscales vinculados al Impuesto a las Ganancias y al Impuesto al Valor Agregado, centrados especialmente en la aplicación de la Ley Antievasión Nº 25.345 sobre la forma de pago de compras y el cómputo de créditos fiscales. La cuestión principal es si la sanción fiscal y la objeción a ciertos créditos y gastos tributarios resultan válidas cuando las operaciones comerciales son veraces pero los medios de pago fueron diferentes a los indicados por la ley, incluyendo el pago mediante bonos provinciales y otros instrumentos no contemplados como medios válidos en dicha normativa. También se examina la aplicación de un régimen especial de regularización fiscal y las consecuencias sobre multas e intereses, así como la naturaleza jurídica de determinadas operaciones realizadas con un socio mayoritario de la empresa. El Tribunal evalúa la constitucionalidad y razonabilidad del artículo 2 de la Ley 25.345 a la luz de precedentes de la Corte Suprema y considera la evidencia aportada para establecer la existencia y veracidad efectiva de las operaciones, frente a una interpretación formalista del cumplimiento de los medios de pago establecidos.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: