EX-2019-70389086-APN-SGASAD#TFN (ASEGURADORA DE CAUCIONES SA CIA. DE SEGUROS)
La declaración de nulidad de un acto administrativo requiere la demostración de un perjuicio o estado de indefensión no subsanable para la parte afectada, no basta la invocación formal de nulidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto por una aseguradora de cauciones contra la resolución administrativa que le intimó al pago de tributos adeudados por una importadora al no haber regularizado la mercadería importada temporariamente cuyo plazo venció. Se examinaron planteos sobre prescripción de la acción fiscal, nulidad en el procedimiento administrativo, notificaciones realizadas, y la procedencia de la obligación de la aseguradora como garante. El Tribunal evaluó la correcta interrupción y suspensión de la prescripción, la validez de las notificaciones y actos administrativos, así como la naturaleza y alcance del seguro de caución en cuanto a la responsabilidad solidaria y pagadora principal de la aseguradora. Además, se consideró la doctrina de la Corte Suprema respecto a la exigibilidad de percepciones de impuestos cuando venció el plazo para presentar declaraciones juradas, y se valoraron las pruebas ofrecidas en sede administrativa para acreditar la reexportación o regularización de la mercadería.
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