MALTERIA PAMPA SA c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ apelación
La existencia de una operación triangulada en comercio internacional no implica per se la invalidez del valor declarado ni constituye una maniobra fraudulenta, siendo necesario acreditar que dicha triangulación influenció el valor de la mercadería pa
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso de apelación interpuesto contra una resolución de la Dirección General de Aduanas que condenó a una empresa exportadora y a un despachante de aduanas por una supuesta infracción relacionada con la declaración de valor en una exportación de cebada. La controversia gira en torno a la declaración del valor FOB de la mercadería, donde la autoridad aduanera detectó una diferencia significativa entre el valor declarado en Argentina y el valor declarado en Brasil, país de destino final, debido a una operación triangulada con una empresa vinculada en Uruguay que actuó como intermediaria. Se discute si dicha triangulación afecta la validez del valor declarado inicialmente y si configura una infracción aduanera. El Tribunal examina la legitimidad de la operación triangulada, la evidencia presentada por las partes, el uso del sistema INDIRA para control de valores, la vinculación societaria, y los criterios para desestimar precios declarados que sean inferiores a precios en operaciones sucesivas. Además, se evalúa la carga probatoria necesaria para acreditar una declaración inexacta y la distinción entre operaciones comerciales legítimas y maniobras fraudulentas en materia aduanera.
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