CHUBB ARGENTINA DE SEGUROS S.A. (Y SU ACUMULADO: DIAMANT BOART ARGENTINA S.A.C.I.F.I.M. y S., Expte. 25.851-A c/ D.G.A. s/ Recurso de apelación
Corresponde a los beneficiarios de regímenes preferenciales la carga de la prueba para acreditar el cabal cumplimiento de la obligación de reexportar la mercadería importada temporalmente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que exigía el pago de tributos y multas por presunta infracción al régimen de importación temporaria. La controversia gira en torno a si la importadora y su garante cumplieron con la obligación de reexportar la mercadería importada temporalmente, conforme a los permisos de embarque y certificados de tipificación comercial (CTC). Se examinaron cuestiones sobre la documentación presentada, la correcta tipificación de la mercadería exportada y la carga de la prueba para demostrar el cumplimiento del régimen. El Tribunal evaluó la regulación aplicable, el mecanismo para acreditar la reexportación mediante permisos y CTCs, y ponderó la admisión de pruebas en la instancia judicial para asegurar el derecho de defensa.
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