Inteco S.R.L s/ INCIDENTE
El beneficio de litigar sin gastos se otorga únicamente a quienes demuestren insuficiencia de recursos que comprometan su derecho de defensa, acreditado mediante prueba concreta y suficiente, no bastando afirmaciones genéricas o reserva de prueba fut
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un incidente presentado por una empresa que solicitaba el beneficio de litigar sin gastos para eximirse del pago de la tasa de actuación establecida por la ley aplicable en la tramitación de un recurso de apelación contra una determinación de deuda tributaria. La discusión involucró si la empresa acreditó fehacientemente su imposibilidad material de afrontar la tasa sin comprometer su subsistencia, mediante prueba documental, testimonial y pericial adecuada. El Tribunal evaluó la adecuación y suficiencia de la prueba ofrecida, la regulación legal del beneficio de litigar sin gastos, y la obligatoriedad del pago de la tasa conforme a la normativa vigente. Igualmente, se ponderó la circunstancia de que la empresa se encontraba representada profesionalmente, aspecto que influye en la evaluación de su situación económica para acceder al beneficio.
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