GLENCORE CEREALES S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ recurso de apelación
La DJVE constituye una declaración ante el servicio aduanero para realizar destinaciones de exportación, susceptible de verificación y de sanciones por inexactitud conforme al Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la impugnación de una decisión administrativa que impuso una multa por supuesta infracción aduanera relacionada con la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) y las correspondientes Destinaciones de Exportación (P.E.) para la exportación de arroz. El foco principal fue determinar si la empresa había cumplido con las cantidades máximas autorizadas para exportar bajo el régimen legal vigente, considerando las tolerancias permitidas y las rectificaciones solicitadas de los Permisos de Embarque que no fueron aceptadas por la autoridad aduanera. Se discutió la naturaleza jurídica de la DJVE y si constituye una declaración aduanera sujeta a la sanción por declaración inexacta prevista en el Código Aduanero. Además, se examinó si existió una diferencia efectiva entre lo declarado y lo verificado, y si tal diferencia produjo o pudo producir un efecto jurídico previsto por la normativa aduanera. El Tribunal evaluó la interpretación normativa aplicable, la posición administrativa respecto a las solicitudes de rectificación, y los elementos necesarios para configurar la infracción tipificada, valorando el principio de legalidad en la aplicación de sanciones.
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