Sentencia TFN IF-2023-31855202-APN-VOCXII#TFN
El principio de realidad económica debe aplicarse para determinar el verdadero hecho imponible, priorizando la sustancia económica sobre la forma jurídica de las operaciones en materia tributaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó en sede administrativa el tratamiento tributario aplicable a operaciones de compraventa de títulos públicos bajo la modalidad "contado con liquidación" realizadas por el contribuyente, específicamente la procedencia de la exención en el Impuesto a las Ganancias prevista para inversiones de portfolio en el exterior y la sujeción al Impuesto al Valor Agregado y a Ganancias por considerar la operatoria un mecanismo para el giro de divisas al exterior. Se expusieron los argumentos en relación con la finalidad bursátil o cambiaria de las operaciones, la aplicación del principio de realidad económica y la interpretación de las normas impositivas pertinentes. El Tribunal examinó la caracterización económica y jurídica de las operaciones, la valoración probatoria aportada, criterios jurisprudenciales anteriores respecto de operaciones similares y el alcance de las presunciones legales para la imposición de multas, planteándose cuestiones sobre la legalidad y sustancia impositiva.
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