YPF S.A. s/ recurso de apelación
El artículo 637 del Código Aduanero establece reglas de prelación excluyentes para determinar la fecha relevante para fijar la base imponible en importaciones, debiéndose aplicar las reglas en el orden que figuran.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizaron las reglas aplicables para determinar el momento en que se configura el hecho imponible y la base imponible para la liquidación de tributos en una importación de gas natural por ductos. La controversia giró en torno a si el hecho imponible debía considerarse configurado en la entrada del medio transportador al territorio aduanero o en la registración de la destinación para consumo, conforme a los incisos a) y b) del artículo 637 del Código Aduanero. Se examinó la prelación normativa y los plazos establecidos para el registro de la solicitud de destinación en relación con la entrada de la mercadería, evaluando también la interpretación restrictiva de términos normativos en función de la lógica jurídica y la intención del legislador, así como la incidencia del principio de previsibilidad en materia tributaria.
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