Ruiz Olalde Guillermo s/ apelación
La responsabilidad solidaria personal y subsidiaria de los directores o gerentes surge únicamente cuando el deudor principal no cumple con las obligaciones fiscales y se realiza la intimación previa según el procedimiento legal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra resoluciones administrativas que determinaron la responsabilidad solidaria de una persona en su calidad de Socio Gerente de una sociedad de responsabilidad limitada por deudas fiscales impagas correspondientes a varios impuestos y períodos fiscales. Se confrontaron cuestionamientos acerca de la nulidad de los actos administrativos por falta de motivación y vulneración del derecho a la defensa, la efectividad del ejercicio del cargo gerencial, la distinción entre la persona jurídica y física, así como la subsistencia o no de la responsabilidad por haber sido puesto en imposibilidad de cumplir con las obligaciones tributarias. El Tribunal examinó la procedencia del reclamo, la adecuada aplicación de la normativa legal sobre responsabilidad solidaria y el procedimiento previsto para su ejecución, así como la admisibilidad y valoración de las pruebas ofrecidas para dilucidar la efectiva gestión y el posible desencadenamiento de la responsabilidad.
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