Sentencia TFN INLEG-2023-47732967-APN-VOCXXI#TFN
La demora excesiva en la tramitación administrativa configura un requisito sustancial para la procedencia del recurso de amparo en materia aduanera según el artículo 1160 del Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó un recurso de amparo interpuesto por una empresa ante la demora excesiva en la tramitación de un procedimiento de repetición de tributos pagados indebidamente frente a la Dirección General de Aduanas (DGA). El caso involucró un reclamo iniciado en septiembre de 2019, cuya resolución se retrasó por más de tres años sin que se produjeran actos administrativos útiles hacia una resolución definitiva. Durante el análisis, se ponderaron los plazos razonables previstos en el Código Aduanero, la naturaleza del procedimiento administrativo y las obligaciones de la DGA en cuanto a la gestión documental y emisión de informes técnicos. Se discutieron los criterios jurisprudenciales respecto a la procedencia del amparo como vía excepcional, evaluando si la demora generaba un perjuicio que justificara intervención judicial mediante este mecanismo. El Tribunal analizó la configuración legal de la demora excesiva, la medición del perjuicio, y el plazo razonable para la resolución de trámites administrativos en materia aduanera, considerando precedentes constitucionales sobre el derecho a una justicia pronta.
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