ABC DISTRIBUIDORES S.C. c/ D.G.A s/ recurso de apelación
El artículo 954, inciso b), del Código Aduanero sanciona la inexactitud en la declaración aduanera cuando esta conlleva o puede conllevar la transgresión a una prohibición a la importación de carácter no económico.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discute la imposición de una multa por infracción al artículo 954, inciso b), del Código Aduanero, derivada de una importación en la que se verificó una discrepancia entre la posición arancelaria declarada y la resultante tras la inspección aduanera, corresponde a mercadería que requiere una autorización previa del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) para su ingreso legal. La controversia gira en torno a la calificación legal de la infracción y la validez del reembarco ordenado, considerando la naturaleza de la prohibición aplicable, si constituye una prohibición absoluta o relativa, y la interpretación sobre la exigencia de autorización previa como requisito para la liberación aduanera. El Tribunal analiza además la consecuente veracidad y exactitud exigida en la declaración aduanera, la adecuación del procedimiento administrativo seguido, la interpretación del régimen legal sobre prohibiciones a la importación de carácter no económico, y la relación entre la documentación aportada antes y después del acto de importación. Finalmente, se examinan diferencias entre regulaciones de distintas entidades públicas y si el procedimiento cumplió los estándares del debido proceso, con particular atención al momento en que debía presentarse la autorización y la facultad del servicio aduanero para disponer el reembarco de la mercadería cuya importación estaba condicionada.
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