Logo

Sentencia TFN INLEG-2023-54160544-APN-VOCXX#TFN

El plazo de prescripción de la acción del fisco para percibir tributos aduaneros es de cinco años, que comienza a correr el primero de enero del año siguiente al hecho gravado.

Competencia Costas Tributos aduaneros

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se cuestionó la validez del reclamo tributario interpuesto por la autoridad aduanera contra la aseguradora de un importador por tributos adeudados derivado de una infracción del Código Aduanero vinculada a la importación temporal de mercaderías. Se analizó la existencia y vigencia del plazo prescriptivo para la acción del fisco para perseguir el cobro de los tributos, considerando la fecha del hecho generador, los actos administrativos dictados y su notificación a las partes involucradas, específicamente el auto de apertura del sumario administrativo y la resolución definitiva. Se examinó la aplicación de las normas del Código Aduanero relativas a la suspensión e interrupción del plazo de prescripción y la importancia de la notificación como requisito esencial para la validez de los actos administrativos que suspenden el cómputo de la prescripción. Además, se valoró la oportunidad y forma en que se notificaron las resoluciones al asegurador y las implicancias jurídicas de dichos actos en relación con la prescripción de la acción tributaria.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar