Sila Argentina S.A c/DGA s/recurso de apelación
Cuando una mercadería se importa amparada en un régimen arancelario preferencial sujeto a un régimen de origen, la presentación del certificado de origen emitido por la entidad habilitada es requisito indispensable para acreditar la procedencia intra
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución administrativa que rechazó la impugnación por falta de presentación del certificado de origen en la importación de materias primas provenientes de Brasil para la fabricación de autopartes. La cuestión principal giró en torno a la validez del beneficio arancelario preferencial invocado bajo el régimen del Mercosur y el Acuerdo de Complementación Económica con Brasil, dada la ausencia del certificado de origen que acredita la procedencia intrazona de la mercadería. Se discutió la interpretación de la normativa aduanera y de origen aplicable, la posibilidad de considerar otros medios probatorios alternativos para acreditar la procedencia, el alcance del incumplimiento de la obligación documental y la aplicación de jurisprudencia de la Corte Suprema sobre percepciones tributarias derivadas de importaciones. El Tribunal examinó las normas internacionales y locales en materia de certificación y declaración de origen, los alcances formales y materiales de los requisitos para acceder a beneficios arancelarios y la postura del fisco ante la ausencia de la documentación requerida.
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