OLEAGINOSA MORENO HERMANOS S.A.C.I.F.I.Y A.c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación
La irretroactividad de la ley implica que una norma modificatoria no puede aplicarse a hechos o situaciones consumadas antes de su entrada en vigor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución aduanera que rechazó la solicitud de devolución de derechos de exportación abonados en exceso por una empresa exportadora. La controversia surgió a raíz del incremento en la alícuota de derechos de exportación aplicable a determinadas mercaderías entre el momento de la declaración jurada de venta al exterior y la fecha posterior de liquidación del tributo. La empresa sostuvo que correspondía aplicar la alícuota vigente al momento de la presentación de la declaración, invocando la irretroactividad de la ley modificatoria y la nulidad de resoluciones administrativas que establecían requisitos adicionales para la aplicación de la alícuota anterior. El Tribunal examinó la validez normativa de la ley y resoluciones cuestionadas, los antecedentes judiciales sobre su constitucionalidad e interpretación, y la correcta aplicación del régimen tributario aplicable a los hechos, ponderando principios de seguridad jurídica, coherencia jurisprudencial y la eficacia de los actos administrativos.
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