Sentencia TFN IF-2023-91328086-APN-VOCXIV#TFN
La apertura del sumario administrativo conforme al Código Aduanero suspende el curso del plazo de prescripción para la acción del fisco en materia de cobro de tributos aduaneros, incluso si dicho auto de instrucción no es notificado al presunto infra
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un procedimiento administrativo iniciado por presunta infracción al régimen de importación temporaria según el Código Aduanero, en donde se practicó una liquidación de tributos y multa, y se dispuso la instrucción de un sumario. Posteriormente, el servicio aduanero archivó las actuaciones conforme a una instrucción general que permite el archivo cuando el monto de la multa resulta insignificante, pero formuló un cargo por tributos adeudados. Se cuestionaron la validez del procedimiento, la nulidad del auto de apertura del sumario por no respetar el derecho de defensa y debido proceso, la dilación en la notificación de la resolución y la prescripción de la acción del fisco para exigir los tributos. El Tribunal examinó especialmente si la apertura del sumario suspendía la prescripción y si la administración cumplió con las formalidades procesales previstas en el Código Aduanero, como la notificación para que el presunto responsable pueda ejercer su defensa y aportar pruebas. Se evaluó el alcance y aplicación práctica de la instrucción general para archivo de causas y su compatibilidad con derechos constitucionales. Además, se consideró la naturaleza jurídica de las infracciones aduaneras y la obligación de resolver definitivamente la situación procesal de los imputados.
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