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PILAR PARTES S.A. c/ D.G.A. s/ Recurso de Apelación

El Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) debe aplicarse sobre obligaciones tributarias originalmente expresadas en moneda extranjera que hayan sido psedificadas conforme al Decreto 214/02, para conservar el valor real de la deuda.

Iva Ganancias Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se controvirtió la aplicación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) sobre tributos adeudados por una infracción aduanera relacionada con la no reexportación de mercancía, cuyo vencimiento operó en moneda extranjera previo a la sanción de la Ley de Emergencia Económica. Se examinó si la deuda originalmente expresada en dólares estadounidenses y pesificada posteriormente debía actualizarse con el CER conforme al Decreto 214/02, considerando la naturaleza de la obligación tributaria y las normas aplicables. Asimismo, se analizó la interpretación y alcance de la pesificación de obligaciones en moneda extranjera, así como la excepción a la actualización para ciertos tributos como el IVA Adicional y Ganancias, atendiendo a precedentes jurisprudenciales relevantes y la normativa vigente al momento de la exigencia tributaria.

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