ROYAL CANIN ARGENTINA SA c/ D.G.A s/ Recurso de Apelación
La acción del Fisco para imponer penas por infracciones aduaneras prescribe a los cinco años contados desde el primero de enero del año siguiente al de la comisión de la infracción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la imposición de una multa por infracción aduanera relacionada con la importación de una mercadería declarada con opción/ventaja ligada a uso alimenticio para mascotas. Se discutió la interpretación del certificado del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) sobre la finalidad de la mercadería y la obligación de presentar certificados en función del uso declarado. Se examinó la procedencia de la acción fiscal, considerando los plazos y causas de prescripción previstos en el Código Aduanero, la fecha de iniciación y finalización de la acción, y la oportunidad y forma de la notificación de resoluciones administrativas. Asimismo, se evaluaron principios de defensa y seguridad jurídica vinculados a la notificación tardía de resoluciones condenatorias y la aplicabilidad del régimen de prescripción para la acción fiscal de imposición de penas.
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