MERCEDES LA PLATA SRL c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS s/ apelación
El procedimiento de control y verificación del origen de mercancías previsto en el Capítulo VI del 44° Protocolo Adicional al ACE 18 puede aplicarse incluso a mercaderías ya nacionalizadas, permitiendo revisiones posteriores a la importación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se examinó un reclamo tributario relacionado con la clasificación del origen de mercadería importada desde Brasil bajo el Régimen de Origen Mercosur. Se controvirtió la aplicación retroactiva de una resolución administrativa que determinó que ciertos productos importados no cumplían con los requisitos para ser considerados originarios, lo que impactó en la obligación de abonar tributos de importación con alícuotas generales en lugar de preferenciales. El análisis incluyó la interpretación del procedimiento de verificación y control previsto en acuerdos internacionales y la facultad aduanera para revisar operaciones concluidas, así como la validez de certificados de origen y el momento a partir del cual la administración tributaria puede exigir el pago de percepciones sobre impuestos indirectos.
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