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EX-2021-57784461-APN-SGASAD#TFN (SPECIAL GRAINS S.A.)

La alícuota del 0% de derechos de exportación para productos orgánicos establecida en el decreto 361/16 puede ser modificada o dejada sin efecto por normas posteriores de igual jerarquía, como decretos que fijan derechos para determinadas posiciones

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza un recurso de apelación interpuesto contra la resolución que rechazó la impugnación de una liquidación de derechos de exportación por la exportación de productos orgánicos ubicados en la posición arancelaria 1201.90.00. La controversia gira en torno a la aplicación de alícuotas de derechos de exportación: si corresponde aplicar la alícuota del 0% establecida por el decreto 361/16 para productos orgánicos o las alícuotas posteriores y superiores fijadas por los decretos 793/18 y 230/20 para la misma posición arancelaria. Se examina el encuadre normativo y las modificaciones sucesivas introducidas por los diversos decretos que regulan los derechos de exportación, así como la interpretación vinculada a la relación entre la clasificación arancelaria y la condición de "orgánico" del producto. El Tribunal aborda la jerarquía normativa, la vigencia y la derogación tácita de disposiciones anteriores, la correcta determinación de la alícuota aplicable según la fecha de oficialización de la exportación, y la complementariedad o incompatibilidad entre regímenes específicos y generales de derechos de exportación.

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