BONMAR S.R.L. c/ Dirección General de Aduanas s/ Apelación
La nulidad de un acto administrativo se debe declarar con suma prudencia y requiere la concurrencia de evidencia suficiente sobre la inexistencia de causa o motivación, debiendo evaluarse rigorosamente para preservar la validez de los actos jurídicos
¿Qué se resolvió en el fallo?
El recurso se interpuso contra la resolución que impuso una multa por encontrar repuestos sin declarar en un buque durante una visita de fondeo aduanera. La controversia gira en torno a la existencia o no de la infracción prevista en el art. 962 del Código Aduanero, la correcta declaración de la mercadería en el manifiesto de rancho y el cumplimiento del derecho de defensa. El análisis se enfocó en verificar si la mercadería estaba oculta o en lugares de acceso reservado a la tripulación, si la declaración presentada fue adecuada, y si el procedimiento administrativo respetó las garantías constitucionales. El Tribunal evaluó la motivación de la resolución impugnada, la evidencia testimonial y documental, y consideró la posibilidad de reclasificar la infracción a otro artículo que se ajusta mejor a los hechos probados.
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