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EX-2022-123363466 -APN-SGASAD#TFN (PRUDENCIA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES S.A.)

La omisión de dar vista a la parte imputada conforme al artículo 1101 del Código Aduanero configura una vulneración al derecho de defensa y al debido proceso, provocando la nulidad del procedimiento administrativo.

Iva Ganancias Competencia Nulidad Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un procedimiento administrativo iniciado por presunta infracción aduanera vinculada a la importación temporaria y la formulación de cargos por tributos adeudados en concepto de IVA adicional e impuesto a las ganancias. El expediente evidenció que la administración archivó las actuaciones basándose en instrucciones generales que establecen criterios para el archivo de sumarios por montos mínimos de multa, al tiempo que ordenó el cobro de tributos. La recurrente cuestionó la falta de notificación del auto de apertura de sumario y la omisión de otorgar vista para ejercer defensa, alegando vulneración del debido proceso y nulidad del procedimiento. Se discutió la validez formal del procedimiento, la improcedencia de la prescripción y la corrección del trámite administrativo a la luz de lo dispuesto por el Código Aduanero, en particular la obligación de notificación y oportunidad de defensa prevista en sus artículos.

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