MATILLA JOSE LUIS s/ recurso de apelación
El recurso de apelación debe ser interpuesto por el sujeto con apoderamiento o personería adecuada conforme a la normativa interna del Tribunal Fiscal de la Nación y su plataforma de trámites a distancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió la admisibilidad de un recurso de apelación presentado en representación de una sociedad, pero tramitado a nombre de un particular. Se analizaron las implicancias procesales del apoderamiento y la correcta personería para interponer recursos en el Tribunal Fiscal de la Nación, así como la competencia del tribunal para conocer de ciertos planteos relativos a la inconstitucionalidad de planes de pago cuando no se trata de decisiones que determinan tributos. El Tribunal evaluó el cumplimiento de las intimaciones para corregir el apoderamiento y el correcto inicio del expediente, además de la competencia material conforme la Ley de Procedimiento Tributario. Se consideraron normas internas del Tribunal referidas a presentación a través de plataforma digital y la normativa sobre competencia y admisibilidad del recurso, identificando la figura del silencio administrativo como equiparable a denegatoria en ciertos supuestos y la procedencia procesal en ese contexto.
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