HOLGADO, ALEJANDRA MARCELA c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
La responsabilidad sancionatoria del despachante de aduanas requiere la demostración de que no cumplió con las obligaciones a su cargo en el ejercicio de sus funciones, siendo eximido si actúa conforme a las instrucciones del importador y documentos
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la procedencia de una multa impuesta a una despachante de aduanas por presunta subfacturación en la declaración de mercaderías importadas, en virtud del artículo 954 del Código Aduanero. La investigación se basó en la comparación de valores declarados en facturas utilizadas en la zona franca con los valores consignados en el despacho de importación, detectándose diferencias significativas. La controversia se centró en establecer si la despachante cumplió con sus obligaciones legales, considerando su rol de auxiliar del servicio aduanero y agente del importador, así como la validez y alcance de las pruebas aportadas para demostrar la veracidad de las declaraciones. El Tribunal examinó las implicancias jurídicas del artículo 908 del Código Aduanero respecto a la responsabilidad de la despachante cuando actúa conforme a las instrucciones del importador y la jurisprudencia relevante, incluyendo precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la carga de la prueba y estándares de diligencia requeridos a los despachantes.
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