con fecha 29/07/2021, por la Sección Recepción y Registro Documental, a partir del pedido de devolución de derechos de exportación presentado por EXTRABERRIES DE CONCORDIA S.A. en relación al PE 18073ES01000276C. En la misma fecha dicha Sección Recep
El amparo por mora regulado por el artículo 1160 del Código Aduanero procede cuando existe una demora excesiva imputable a la administración aduanera que perjudica el ejercicio de un derecho o actividad del administrado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto contra la Administración Federal de Ingresos Públicos
- Dirección General de Aduanas (AFIP-DGA) por demora excesiva en la resolución de un procedimiento administrativo de devolución de tributos pagados en exceso, iniciado en 2021. La controversia se centró en determinar si la tramitación excedió los plazos legales previstos en el Código Aduanero, examinándose los tiempos de actuación de la administración y de la solicitante, así como la existencia de requerimientos para subsanar presentaciones y la reacción de la empresa frente a dichos requerimientos. El Tribunal evaluó aspectos procesales y materiales relacionados con la imputabilidad de la demora, la procedencia del amparo por mora según el artículo 1160 del Código Aduanero, la interpretación del derecho de defensa y debido proceso, y el impacto de la demora administrativa en el derecho del contribuyente a la devolución solicitada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: