Debeza Ferrari Consultores de Empresa SA s/ apelación
La Administración Tributaria está facultada para determinar obligaciones tributarias sobre base presunta cuando el contribuyente no presenta la documentación suficiente para establecerlas con certeza, conforme al artículo 18 de la ley 11.683.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra resoluciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos que determinaron de oficio obligaciones tributarias por impuesto a las ganancias e impuesto al valor agregado basadas en diferencias detectadas en depósitos bancarios no declarados y cuestionamientos sobre la veracidad de operaciones con proveedores. El caso examinó la aplicación del método presuntivo para establecer las bases imponibles cuando el contribuyente no aporta documentación suficiente para acreditar el origen de fondos y gastos, así como la evaluación de la nulidad de los actos administrativos cuestionados por supuesto vicio en la determinación y valoración probatoria. También se valoró la relevancia de las pruebas propuestas y el derecho de defensa en el procedimiento, evaluando pruebas periciales no producidas y la legitimidad de los ajustes fiscales basados en indicios y corroborados por medidas para mejor proveer.
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