Mercedes Benz Arg c/ D.G.A. s/ Apelación
El certificado de origen es un documento imprescindible para acreditar el origen zonal de la mercadería y acceder a beneficios arancelarios en el marco de acuerdos internacionales de comercio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se evaluó un recurso de apelación contra una disposición administrativa que rechazó la impugnación de un cargo impuesto por la falta de presentación oportuna del certificado de origen en una importación regida por el Acuerdo de Complementación Económica (ACE) 18 y su Protocolo Adicional VIII. Se analizó si la presentación extemporánea de dicho certificado, indispensable para acreditar el origen zonal de la mercadería y acceder al beneficio arancelario preferencial, podía ser admitida como prueba válida. Además, se examinó el cumplimiento de los requisitos formales y temporales establecidos en la normativa del Mercosur y la interpretación jurisprudencial relevante, destacándose la importancia del plazo de validez de 180 días para el certificado y la aplicación del principio de rigor en certificar el origen dentro de los términos convenidos.
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