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EXPOFRUT SA c/Dirección General de Aduanas s/recurso de apelación

La condonación de multas prevista en el artículo 55 inciso a) de la Ley 27.260 alcanza sanciones no firmes al momento del acogimiento al régimen y cuya obligación sustancial haya sido cancelada o regularizada conforme a sus términos.

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación contra resoluciones de la Dirección General de Aduanas que imputaban a una empresa la comisión de infracciones aduaneras tipificadas en el artículo 954 del Código Aduanero por declaraciones erróneas en permisos de exportación. Se discutió el derecho a la condonación de multas previsto en la Ley 27.260 para sujetos que adhieren al régimen de regularización excepcional, considerando el estado de firmeza de las sanciones y la cancelación de la deuda tributaria. El Tribunal examinó la aplicación del régimen legal y su reglamentación, así como precedentes de la Corte Suprema, para determinar las condiciones bajo las cuales corresponde la condonación de multas vinculadas a obligaciones aduaneras canceladas mediante planes de facilidades.

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