3M ARGENTINA S.A.C.I.F.I.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ recurso de apelación
No resulta aplicable la doctrina del plazo razonable cuando el procedimiento administrativo se ha tramitado dentro de los plazos prescriptivos establecidos por la normativa vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación presentado contra una resolución dictada en un sumario administrativo aduanero que impuso una multa por infracción al régimen de importación temporaria de mercancías. La controversia giró en torno a la vigencia del plazo razonable para la tramitación del procedimiento y la prescripción de la acción del fisco para imponer sanciones y percibir tributos. Además, se debatió sobre la acreditación del cumplimiento de las obligaciones inherentes a la importación temporaria, especialmente la acreditación de la reexportación de la mercadería mediante permisos de embarque y la conciliación de unidades de medida diferentes. El Tribunal examinó la validez de la apertura del sumario, la interrupción y suspensión de los plazos de prescripción conforme a la normativa aduanera, y la suficiencia de la prueba documental aportada para acreditar la cancelación del régimen de importación temporaria. También se consideró jurisprudencia relevante sobre prescripción y alcance de facultades recaudatorias del organismo aduanero.
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