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IURINO ANTONIO SALVADOR C/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS S/ REC. DE APELACIÓN

La interrupción o suspensión de la prescripción de la acción del Fisco para imponer multas y percibir tributos se produce con el dictado del acto de apertura de sumario, sin necesidad de que el mismo sea notificado al sumariado para tener efectos int

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se discutió la imposición de una multa y el reclamo de tributos sobre una operación de importación en la que se cuestionó la posición arancelaria y el origen de la mercadería. Se analizaron las discrepancias entre el origen declarado (Indonesia) y el origen asignado por la autoridad aduanera (China), y la aplicación de derechos antidumping vinculados a dicho origen. También se planteó la validez y notificación del auto de apertura de sumario, la prescripción de la acción fiscal y la responsabilidad solidaria del despachante de aduana. El Tribunal examinó la documentación aportada, incluyendo factura y certificado de origen, la normativa aplicable sobre derechos antidumping y procedimiento en caso de dudas sobre el origen de la mercadería, así como la jurisprudencia relativa a la interrupción de la prescripción y a la obligación de acompañar certificados. La resolución abordó la interpretación de los requisitos para configurar la infracción prevista en el artículo 954 del Código Aduanero y el análisis de la existencia o no de perjuicio fiscal derivado de declaraciones inexactas en la destinación de importación.

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