PULIAFITO ANTONIO Y OTRO c/ Dirección General de Aduanas s/ Apelación
Para configurar la infracción de declaración inexacta prevista en el artículo 954 del Código Aduanero, el servicio aduanero debe basar su comprobación en pruebas suficientas que permitan acreditar la diferencia entre lo declarado y lo verificado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que impuso una multa por infracciones aduaneras vinculadas a la declaración inexacta de mercadería importada. La controversia gira en torno a la clasificación arancelaria asignada a partes de radiadores para vehículos y la falta de presentación de la licencia previa requerida según dicha clasificación. También se discutió la existencia de mercadería faltante, sobrante y sin documentar en la destinación administrativa. El Tribunal examinó la suficiencia probatoria para justificar el cambio de clasificación por parte de la Administración Aduanera, la responsabilidad sobre la situación de la mercadería en depósito y la posible aplicación del régimen de condonación previsto en la Ley 27.260. En su análisis, el Tribunal evaluó los documentos y actuaciones administrativas, la interpretación de las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado, y las disposiciones del Código Aduanero relacionadas con las infracciones y la responsabilidad del depositario. También consideró precedentes jurisprudenciales y la adecuación del procedimiento administrativo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: