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EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÀNTICA S.A s/ recurso de apelación

El régimen de regularización de la ley 27.541 y sus modificatorias condiciona el acceso a la repatriación efectiva de al menos el treinta por ciento del producido de realización de activos en el exterior dentro de los sesenta días desde la adhesión,

Iva Ganancias Salidas no documentadas Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza la procedencia del régimen de regularización previsto en la ley 27.541 y su modificatoria 27.562, en relación con obligaciones fiscales determinados en impuestos nacionales y sus intereses resarcitorios, considerando el cumplimiento del requisito de repatriación de activos financieros ubicados en el exterior. Se examina si la empresa recurrente cumplió con presentar la declaración jurada informativa, el informe especial otorgado por contador público y con la apertura y movimiento adecuado de cuentas especiales en moneda extranjera conforme a la normativa vigente. Asimismo, se valora el desistimiento y allanamiento respecto de las obligaciones regulares y el tratamiento de la condonación parcial de intereses previstos en la ley 27.653, ponderando la vigencia de planes de pago y el control del Fisco Nacional sobre el cumplimiento de los requisitos de repatriación. El Tribunal dialoga sobre la interpretación de la normativa aplicable, la veracidad de la documentación probatoria, los efectos jurídicos del otorgamiento del acogimiento al régimen especial y los estándares para la regularización de deudas tributarias con beneficios asociados.

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