E. MARCOTEGUI Y CIA. S.R.L. c/ DGA s/ recurso de apelación
La acción del fisco para imponer penas por infracciones aduaneras prescribe a los cinco años, contados desde el primero de enero del año siguiente a la comisión de la infracción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza la validez de una resolución administrativa que impuso multas y cargos tributarios a una importadora por presunta infracción aduanera relacionada con la importación temporal de mercadería. El Tribunal examina la documentación del procedimiento administrativo, en particular la nulidad del auto de apertura de sumario, la prescripción de las acciones del fisco para imponer sanciones y cobrar tributos, así como la corrección en el cumplimiento de los requisitos formales y materiales exigidos por la normativa vigente para la suspensión o interrupción de la prescripción. Se consideran precedentes jurisprudenciales relevantes y el cumplimiento o incumplimiento de plazos legales y formalidades en el procedimiento administrativo que afectan derechos de defensa y garantías procesales.
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