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SADESA S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ AMPARO

Para que proceda la acción de amparo por demora en la administración aduanera debe existir una demora excesiva imputable al organismo, que cause perjuicio en el normal ejercicio de un derecho o actividad.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de amparo interpuesto debido a la presunta demora excesiva del servicio aduanero en resolver un procedimiento de repetición iniciado por una firma para obtener la devolución de tributos pagados en una operación de exportación. El Tribunal revisó las actuaciones administrativas y evaluó el cumplimiento o incumplimiento de las formalidades y requerimientos solicitados por la administración aduanera durante la tramitación del expediente. La controversia se centró en determinar si la demora era imputable al organismo aduanero y si existía un perjuicio para la parte recurrente, tomando en cuenta los estándares para la procedencia de la acción de amparo en casos de dilaciones administrativas.

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