ASOCIACIÓN MUTUAL PROPYME s/incidente – Beneficio de Litigar sin Gastos
El beneficio de litigar sin gastos es un privilegio de carácter restrictivo y excepcional otorgado a quienes carecen de recursos suficientes para afrontar las erogaciones propias del proceso sin afectar su derecho a la defensa en juicio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó una solicitud de beneficio de litigar sin gastos planteada por una asociación mutual en proceso de liquidación judicial, a la cual se le había determinado una deuda fiscal parcial en concepto del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias. La controversia giró en torno a la procedencia del beneficio, considerando la situación financiera y patrimonial de la entidad, que alegaba insolvencia derivada del bloqueo de sus cuentas bancarias por disposiciones administrativas y la paralización de su actividad. El Tribunal examinó pruebas documentales y testimoniales para evaluar si la actora carecía efectivamente de recursos suficientes para afrontar las tasas y costas procesales, también ponderó el contexto judicial de liquidación y las perspectivas económicas informadas en informes oficiales. Se confrontaron criterios sobre la naturaleza restrictiva y excepcional del beneficio y la diferencia entre dificultad financiera pasajera y carencia absoluta de recursos, valorando jurisprudencia y criterios normativos relacionados y concluyendo en una valoración estricta de la verosimilitud y suficiencia probatoria requerida para acceder al beneficio.
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