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CRILEN S.A. c/ Dirección General de Aduanas s/ apelación

El auto de apertura de sumario debe ser notificado al interesado para que produzca efectos jurídicos interruptivos o suspensivos de la prescripción de las acciones fiscal y penal, conforme a lo previsto en el Código Aduanero.

Competencia Nulidad Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

La controversia se centra en la validez de un procedimiento administrativo iniciado por la Dirección General de Aduanas para reclamar tributos supuestamente adeudados tras la infracción de una norma aduanera relacionada con la importación temporaria de mercadería. Se discuten cuestiones relativas a la interrupción y suspensión del plazo de prescripción para ejercer la acción fiscal, el cumplimiento de las formalidades legales en la notificación del auto de apertura de sumario, y la adecuación del proceso administrativo respectivo, en particular, el incumplimiento de la obligación de correr vista de lo actuado al interesado y a la aseguradora. El Tribunal examinó la normativa aplicable, los plazos de prescripción, la importancia de la notificación como instrumento esencial para la validez del acto administrativo, la necesidad de garantizar el derecho de defensa y debido proceso, así como el impacto de estos aspectos sobre la validez de las actuaciones y la posibilidad de exigir el pago de tributos y la imposición de sanciones administrativas.

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