ALONSO CARLOS ALBERTO s/ recurso de apelación
La notificación realizada al domicilio fiscal electrónico es válida y efectiva cuando el contribuyente interpone recurso dentro del plazo legal, sin que se configure indefensión por la ausencia de alertas adicionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso de apelación contra una multa aplicada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que vinculó la sanción con operaciones de compra realizadas con un proveedor incluido en la base de datos de contribuyentes con documentación apócrifa. Se cuestionan la validez de la notificación realizada por domicilio fiscal electrónico y la autenticidad de la firma digital del acto administrativo. Además, se debate la existencia del dolo necesario para configurar la defraudación fiscal según lo establecido por la ley tributaria, específicamente el cumplimiento de las presunciones legales y la acreditación fehaciente de la conducta dolosa. El Tribunal examina los estándares probatorios para aplicar las sanciones y valora la oportunidad y efectividad de las herramientas del sistema informático para garantizar la notificación válida, así como la interpretación jurisprudencial sobre la inversión de la carga de la prueba y la aplicación de presunciones de dolo en materia fiscal.
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