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AGRO ACEITUNERA SA. c/ DGA s/ recurso de apelación

El régimen de regularización excepcional previsto en la Ley 27.260 contempla la condonación de multas y sanciones por infracciones formales o sustanciales no firmes ni abonadas cometidas hasta el 31 de mayo de 2016, siempre que se regularicen las obl

Competencia Multa Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación relativo a la imposición de una multa prevista en el artículo 970 del Código Aduanero, en el marco de un procedimiento iniciado por la Administración Federal Aduanera. Se examinaron aspectos vinculados a la aplicación del régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras establecido en la Ley 27.260, en especial la condonación de multas y sanciones relacionadas con infracciones formales y sustanciales cometidas hasta el 31 de mayo de 2016. Se discutió la circunstancia de que el contribuyente se adhirió al régimen y regularizó la obligación tributaria mediante plan de facilidades de pago cancelado, así como la interpretación de los requisitos legales y reglamentarios para acceder a la condonación de multas, incluyendo la existencia o no de firmeza y pago de la sanción. El Tribunal evaluó la normativa aplicable junto con las constancias administrativas aportadas y la ausencia de respuestas de la representación fiscal a ciertos planteos, centrándose en la correcta aplicación del régimen excepcional y en la interpretación de sus alcances respecto a infracciones sustanciales y formales.

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