EX-2023-143054513-APN-SGASAD#TFN BAYER S.A
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de leyes tributarias o aduaneras ni de sus reglamentaciones salvo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación lo haya hecho previamente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se cuestiona la procedencia de la repetición de derechos de exportación abonados en el marco del Decreto 793/2018, específicamente respecto a si el Poder Ejecutivo tenía competencia constitucional para establecer y modificar tales derechos sin habilitación legislativa previa. La discusión centra en la interpretación del artículo 755 del Código Aduanero, la validez y alcance del mencionado decreto, y su ratificación posterior por el Congreso nacional mediante la Ley 27.467. Se examinan los efectos de la delegación legislativa y el principio de reserva de ley en materia tributaria, así como la aplicación de precedentes jurisprudenciales relevantes. También se evalúa la imposibilidad del Tribunal de declarar inconstitucional una norma tributaria salvo que la Corte Suprema lo haya hecho previamente. Se debate la retroactividad en la aprobación legislativa de las alícuotas y el marco normativo aplicable al período anterior a la convalidación congresal, considerando además las diferencias con precedentes antiguos como Camaronera Patagónica. Finalmente, se analizan los aspectos procesales y las consecuencias respecto de las costas del procedimiento.
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