MAGALCUER S.A. c/ DGA s/ recurso de apelación
La carga de la prueba sobre el cumplimiento de la obligación de reexportar mercadería en importación temporaria recae sobre el beneficiario del régimen, quien debe acreditar documentalmente el cabal cumplimiento mediante permisos de embarque o despac
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la legalidad de una multa y el cobro de tributos por infracción al régimen de importación temporaria en relación con la no reexportación o regularización total de mercadería en los plazos establecidos. En el proceso, se discutieron aspectos relativos a la acreditación del cumplimiento de las obligaciones aduaneras, especialmente la presentación y vinculación documental del Certificado de Tipificación y Clasificación (CTC) con la mercadería importada y exportada, así como la responsabilidad concurrente del importador y la aseguradora. También se examinó el alcance de la carga de la prueba respecto del cumplimiento del régimen y los criterios para la graduación de la multa considerando antecedentes infraccionales y normativa aplicable. El Tribunal evaluó la congruencia y suficiencia de la documentación presentada para acreditar la cancelación de la destinación, la aplicación del régimen procedimental y control de la multa impuesta.
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