Sentencia TFN INLEG-2024-32270749-APN-VOCXIX#TFN
La acción de amparo es procedente ante demoras excesivas e infundadas en los procedimientos administrativos aduaneros que ocasionen perjuicio al administrado, siempre que se hayan cumplimentado los requisitos previstos en el artículo 1160 del Código
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto contra la Dirección General de Aduanas (DGA) debido a la demora en la tramitación de un pedido de devolución de derechos de exportación iniciado en enero de 2022. La controversia gira en torno a la consideración de la demora en resolver este procedimiento administrativo y la obligación de la autoridad aduanera de sustanciar y resolver el expediente dentro de un plazo razonable. Se examinaron las presentaciones realizadas por el contribuyente, incluyendo la solicitud de pronto despacho, la respuesta administrativa de intimación para subsanar requisitos y la falta de cumplimiento de dichas intimaciones por parte del solicitante. El Tribunal evaluó si existía un perjuicio causado por la demora excesiva y si se cumplían los requisitos procesales para que prospere el recurso de amparo conforme al artículo 1160 del Código Aduanero, analizando también jurisprudencia relevante en materia de derecho a una resolución en plazo razonable y los estándares aplicables para determinar la existencia de demora infundada.
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