SKF ARGENTINA S A c/ D.G.A. s/ recurso de apelación
La carga de probar el cumplimiento de las obligaciones de reexportar o nacionalizar la mercadería importada temporariamente recae sobre el beneficiario del régimen y debe acreditarse mediante documentación aduanera fehaciente, como permisos de embarq
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso de apelación contra una resolución administrativa que impone una multa y exige el pago de tributos derivados de una supuesta infracción relacionada con el régimen de importación temporaria. La controversia gira en torno a la acreditación de la reexportación o nacionalización de la mercadería importada bajo régimen suspensivo y la correcta aplicación del régimen aduanero y tributario correspondiente, específicamente los artículos 970 y 274 del Código Aduanero. Se examina la carga probatoria relativa a la documentación aduanera presentada, la interpretación y aplicación del Certificado de Tipificación de Importación Temporaria (CTIT), la relevancia de los permisos de embarque y despachos de importación, y el alcance del cumplimiento de las obligaciones sustanciales versus formales en el marco legal del régimen de importación temporaria. El Tribunal valora asimismo la jurisprudencia y normativas aplicables, así como la inversión de la carga de la prueba y los efectos tributarios de la infracción.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: