GIMENEZ, Humberto Orlando s/recurso de apelación
La condonación automática de multas y sanciones tributarias prevista en el artículo 7° de la Ley 27.743 se aplica cuando la obligación principal haya sido cancelada en su totalidad hasta el 31 de marzo de 2024 y la sanción no esté firme ni cancelada
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se trató el recurso de apelación contra una multa impuesta por incumplimientos relacionados con el Aporte Solidario y Extraordinario del período fiscal 2020. El análisis se centró en evaluar si la sanción podía ser condonada en virtud de la Ley 27.743, que establece un régimen de regularización excepcional para obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social, incluyendo la condonación de multas e intereses si se cumplen ciertos requisitos temporales y de pago. Se examinó la regularización de la obligación principal y el pago parcial o total de intereses, así como la inexistencia de exclusiones legales como procesos concursales o condenas penales firmes. El Tribunal articularon su análisis sobre la aplicación de los artículos pertinentes de la ley 27.743 y la normativa administrativa reglamentaria, considerando la no firmeza de la sanción y el momento de cumplimiento de la obligación principal para determinar la procedencia de la condonación.
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