Sentencia TFN INLEG-2025-101884879-APN-VOCII#TFN
El acogimiento al régimen de regularización excepcional implica el desistimiento incondicional de la acción y del derecho, incluso el de repetición, respecto de las obligaciones y montos regularizados, conforme a lo establecido en la Ley N° 27.743 y
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la procedencia y alcances del desistimiento y acogimiento al régimen de regularización establecido por la Ley N° 27.743, aplicado a determinaciones de oficio del Impuesto a las Ganancias, Impuesto sobre los Bienes Personales e Impuesto al Valor Agregado correspondientes a diversos períodos fiscales entre 2010 y 2016. Se examinaron las condiciones formales y materiales para considerar válido el desistimiento de la acción y del derecho, incluso del de repetición, efectuado mediante la presentación de formularios específicos ante la Administración Federal de Ingresos Públicos. Además, se evaluó la aplicación de beneficios de condonación parcial de intereses resarcitorios y punitorios conforme a la regulación emergente y el régimen especial de planes de facilidades de pago, incluyendo el control y alcance de dichos beneficios por parte de la autoridad fiscal. Por último, se discutió el encuadre jurídico adecuado para el desistimiento de obligaciones fiscales no incluidas expresamente en los planes de facilidades, con referencia al Código Procesal Civil y Comercial de la Nación en su aplicación supletoria para el procedimiento ante este Tribunal.
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